El Tribunal Superior de Medellín falló a favor de una empleada doméstica que solicitaba el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes tras la muerte de su hijo. La decisión revocó la negativa que había recibido inicialmente y ordenó el pago de la prestación económica.


Durante el proceso, los magistrados determinaron que la mujer logró demostrar que mantenía una dependencia económica respecto a su hijo, quien contribuía de manera significativa a su sostenimiento. Con base en las pruebas aportadas, el Tribunal concluyó que cumplía los requisitos establecidos por la ley para acceder a la pensión.


La sentencia destacó que la condición de tener un empleo no impide, por sí sola, acreditar la dependencia económica, pues lo determinante es establecer si los ingresos propios eran insuficientes para garantizar el sustento y si el apoyo del familiar fallecido era esencial para cubrir las necesidades básicas.


El fallo se convierte en un referente para casos similares en Colombia, al reiterar que las autoridades deben analizar cada situación de manera integral y valorar las circunstancias particulares de los beneficiarios antes de negar el reconocimiento de una pensión de sobrevivientes.