Ley Antiruido en Colombia permitirá sancionar y decomisar equipos a vecinos que excedan los niveles de ruido

Ley Antiruido en Colombia permitirá sancionar y decomisar equipos a vecinos que excedan los niveles de ruido

En Colombia, los vecinos que excedan los niveles permitidos de ruido podrán ser sancionados e incluso perder sus equipos de sonido, de acuerdo con lo establecido por la Ley 2450 de 2025, conocida como la Ley Antiruido. Esta normativa refuerza los mecanismos legales existentes para garantizar la sana convivencia en conjuntos residenciales y espacios comunitarios.

La regulación del ruido se encuentra sustentada en tres marcos normativos: la Ley 675 de 2001 (Ley de Propiedad Horizontal), la Ley 1801 de 2006 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana) y la reciente Ley 2450 de 2025, que establece sanciones específicas por contaminación auditiva.

De acuerdo con el secretario ejecutivo del Colegio de Abogados Rosaristas, Leonardo Leal, “las personas se acogen a una serie de reglas que buscan la sana convivencia entre propietarios y arrendatarios, así como con las personas que manejan la propiedad horizontal, tales como administradores, personal de vigilancia y de aseo, entre otros”.

Cuando los llamados de atención no surten efecto, el afectado puede acudir al cuadrante de la Policía, que está facultada para aplicar los mecanismos legales, como la remoción de las fuentes de ruido y la imposición de sanciones, según explicó el abogado Juan Diego Guzmán.

En el caso de conjuntos residenciales, las administraciones también pueden imponer multas económicas a los infractores. Guzmán precisó que estas sanciones “no podrán ser superiores, cada una, a dos veces el valor de la cuota de administración, y sumadas, no podrán exceder de diez veces este mismo monto”.

Por su parte, la Ley Antiruido establece multas graduales según la gravedad del comportamiento, que pueden alcanzar hasta 16 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smlmv), equivalentes a más de $22,7 millones.

Según Leal, “la gradualidad depende del comportamiento realizado, y la desobediencia, resistencia o reiteración del mismo incrementará el valor de la multa, sin perjuicio de los intereses causados y el costo del cobro coactivo”.

Las sanciones se dividen en cuatro niveles:

  • Tipo 1: dos smlmv (alrededor de $2,8 millones)
  • Tipo 2: cuatro smlmv (más de $5,6 millones)
  • Tipo 3: ocho smlmv (cerca de $11,8 millones)
  • Tipo 4: dieciséis smlmv (más de $22,7 millones)

Con esta normativa, el Gobierno busca fortalecer la convivencia ciudadana y reducir los conflictos derivados del exceso de ruido, uno de los problemas más comunes en las zonas residenciales del país.

Fotografía tomada de: Canva

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