Tribunal Superior de Bogotá confirma: el Aguardiente Real amarillo deberá ser retirado del mercado

El Tribunal Superior de Bogotá confirmó que el ‘Aguardiente Real’ de tonalidad amarilla debe ser retirado del mercado, coincidiendo en que el producto estaría infringiendo los derechos de propiedad del ‘Aguardiente Amarillo de Manzanares’.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) falló a favor de la Licorera de Caldas, y ahora el Tribunal Superior de Bogotá también respalda dicha decisión. La disputa legal entre los aguardientes amarillos en Colombia tiene un nuevo desarrollo, recientemente, el Tribunal Superior de Bogotá anunció que ha ratificado la medida que exige a la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia retirar del mercado el Aguardiente Real de color amarillo, debido a la presunta violación de los derechos de propiedad de la Licorera de Caldas sobre el Aguardiente Amarillo de Manzanares.
En resumen, el tribunal encontró que los productos presentan similitudes que podrían perjudicar a la ILC por una posible competencia desleal. Es importante recordar que en diciembre del año pasado, la Superintendencia de Industria y Comercio ya había tomado una decisión en este litigio de marcas, fallando a favor de la Licorera de Caldas y ordenando a la empresa antioqueña abstenerse de comercializar, promocionar y publicitar el Aguardiente Real de color amarillo.
Es importante que los distribuidores, comerciantes, gobernadores, secretarios de Hacienda Departamental y jefes de Rentas Departamentales en todo el país que el Aguardiente Real de tonalidad amarilla no puede ser distribuido, comercializado ni vendido al público. El incumplimiento de esta orden judicial conlleva las correspondientes consecuencias legales.
En una parte de la medida cautelar pronunciada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se lee que, “si bien el uso de un color no está prohibido, como lo arguye la apelante, a menos que sobre él exista un derecho marcario (acá ese aspecto está en trámite) cuando se le suman otras coincidencias como las que se anotaron en la providencia que se cuestiona, referidas al estampado en una botella cilíndrica de vidrio transparente, si en lugar de etiquetas de papel emplea letras estampadas en el cristal de la botella las son de color verde, con un tipo de tapa corcho específico, es decir, la reproducción de algunos elementos y características del producto ya posicionado, se puede presumir que la convocada no hizo ningún esfuerzo por diferenciar su producto, aguardiente Real, respecto del que ya tiene algunos derechos reconocidos la ILC sobre el aguardiente Amarillo de Manzanares, lo que resultaba suficiente para el decreto de las medidas cautelares”.